La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incorpora a la legislación española permitirá a partir de ahora a la Policía, bajo orden judicial, recabar pruebas en lainvestigación de un delito a través de agentes encubiertos en Internet o la instalación de troyanos por parte de la policía para interceptar comunicaciones de todo tipo de dispositivos, incluidas conversaciones de Whatsapp o correos electrónicos. Repasamos cómo afecta la nueva legislación a Internet.
El Gobierno consigue aprobar, a solo dos meses de laselecciones generales del 20 de diciembre,
una importante reforma en materia judicial a través del Congreso de los
Diputados que en teoría permitirá a las autoridades judiciales “ser más
eficaces en la persecución de un delito”, aunque muchos han etiquetado
la reforma como la Ley Torquemada y la señalan como una extensión de la Ley Mordaza.
Las enmiendas introducidas tras su paso por el Senado han rebajado el nivel de críticas, pero todavía existen algunos aspectos conflictivos. “Se ha rebajado bastante el nivel de vulneración de la intimidad que había en los proyectos de ley”, resume Carlos Sánchez Almeida abogado especializado en Derecho de internet y delitos informáticos.
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Agente encubierto informático
Uno de los aspectos que más polémica
había generado alrededor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal era la figura del agente encubierto informático, que en el borrador de la ley tenía potestad para intercambiar archivos ilícitos por sí mismo. La reforma aprobada por el Congreso exige disponer para ello de una autorización específica, lo que deja las actividades bajo un cierto control judicial.
“Habrá que ver si se facilita toda la información al juez en cada caso ya que sigue habiendo un peligro de incitación al delito“, comenta Sánchez Almeida, que recuerda varios casos en los que personas han sido acusadas de descargar pornografía infantil cuando habían realizado las descargas de manera no intencionada, quedando absueltas años después bajo sentencia judicial.
¿Qué delitos puede investigar la policía con agentes encubiertos en Internet? La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a actuar en este caso bajo una autorización especial a la hora de intercambiar o enviar archivos ilícitos, lo que tendrá que decidir el juez caso por caso.
Instalación de troyanos, escuchas telefónicas y Whatsapp
La reforma permite la utilización de claves, códigos y software de vigilancia como troyanos en todo tipo de dispositivos electrónicos sin que el titular tenga conocimiento de
que están siendo examinados. Para ello también es necesaria la
autorización del juez, pero el ámbito de aplicación resulta muy amplio,
excesivo para algunos expertos. En concreto, el nuevo texto habla de
cinco presupuestos
- Delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales.
- Delitos de terrorismo.
- Delitos cometidos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente.
- Delitos contra la Constitución, de traición y relativos a la defensa nacional.
- Delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación o servicio de comunicación.
Ese último punto actúa como una especie de cajón de sastre donde cabe todo. “Ponemos
al mismo nivel delitos de multa como pueden ser las injurias realizadas
por Twitter con delitos graves de 20 años de prisión, es una barbaridad”, reflexiona Sánchez Almeida, que plantea otra duda al respecto del uso de troyanos por la policía.
“¿Quién va a auditar ese software?
¿Hasta dónde va a llegar la invasión a la privacidad? En la ley no queda
claro, habría que desarrollarlo a través de otra ley orgánica”, apunta.
Este punto de la reforma, bautizado como
“registro remoto sobre equipos informáticos” también incluye a las
escuchas con autorización judicial, que pueden resultar en la
interceptación de conversación de Whatsapp. El texto deja en manos del
juez la ponderación del conflicto con la vulneración a la intimidad.
“La valoración del interés público se
basará en la gravedad del hecho, su trascendencia social o el ámbito
tecnológico de producción, la intensidad de los indicios existentes y la
relevancia del resultado perseguido con la restricción del derecho”,
dice el texto.
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Deber de colaboración
“La reforma pone en estado de excepción a todo el sector de Internet en España,
todo el mundo tiene que colaborar”, alerta Sánchez Almeida sobre uno de
los aspectos que ha pasado casi de puntillas para la opinión pública y,
sin embargo, planteará una situación muy difícil a muchas empresas a
corto y medio plazo.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga
a “facilitar a los agentes investigadores la colaboración precisa para
la práctica de la medida y el acceso al sistema”, lo que se traduce en
que proveedores de todo tipo de servicios de Internet entre los que se incluyen una app o un servicio de hosting tienen la obligación facilitar a la policía todo tipo de datos sobre sus clientes bajo una orden judicial, guardando además secreto acerca de esas actividades, o de lo contrario podrían incurrir en un delito de desobediencia.
La obligación de colaborar va mucho más
allá porque no solo atañe a los dueños de estos servicios, sino tal y
como está redactada la ley a cualquier persona -salvo el encausado- que conozca el funcionamiento del sistema informático investigado por
la policía. Almeida recomienda establecer protocolos de actuación y de
precaución para determinado tipo de webs como las páginas de enlaces,
que podrían verse afectadas por este punto.
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¿Tendrán que facilitar las empresas entonces claves y contraseñas de usuarios? “Si no hay un auto judicial hay que ser muy cauto, porque se podría llegar a actuar contra derechos fundamentales”,
puntualiza el abogado especializado en Derecho de Internet, que
recomienda llevar a cabo auditorías de compliance ya que las empresas
con el nuevo código penal pueden ser consideras responsables penalmente
de todo tipo de delitos informáticos si no adoptan medidas de control y
prevención.
Además de introducir la
instalación de troyanos, las escuchas de Whatsapp o la utilización de
policías encubiertos en Internet la nueva Ley de Enjuciamiento criminal incorpra
otras novedades como los límites en la instrucción judicial, el troceo
de las macrocausas o la eliminación de la figura del imputado. Pero a
muchos les preocupa los supuestos genéricos que abren la veda a la criminalización de Internet según denuncia la Plataforma de la Libertad de la Información.
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