El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de los miembros del grupo ultra conocido como Frente Antisistema acusados de asociación ilícita, vender armas por Internet y
difundir ideología nazi. A pesar de que en los registros practicados
durante la investigación se intervinieron abundantes armas, incluido un
lanzagranadas, el alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia de
Valencia que consideró ilegales las escuchas telefónicas sobre las que
se basaron el resto de las pesquisas.
La sentencia, de la que ha sido ponente
el magistrado Miguel Colmenero, señala que la “protección del sistema
democrático” por parte de los poderes públicos no puede hacerse mediante
vías “que desconozcan o lesionen las garantías de los derechos
fundamentales”. En este caso, el derecho a la intimidad y al secreto de
las comunicaciones. En las conversaciones grabadas algunos acusados
hablaban de salir a “cazar” colectivos como “moros” y “guarros” (término
con el que en medios ultraderechistas se alude a los antifascistas).
El juez reprocha a la juez instructora y
a la Guardia Civil que la solicitud de intervención de las
comunicaciones no contuvo “indicios consistentes”, aparte de
afirmaciones de fuentes anónimas, “sobre la vinculación de ninguno de
los sospechosos” con las páginas webs desde las que presuntamente se
vendían las armas. En el momento de la petición, las webs parecían,
además, estar “inactivas”, señala el magistrado, pese a lo cual se
autorizó la interceptación de las conversaciones telefónicas.
La fiscalía y la acusación popular que
ejercían partidos como Esquerra Unida y entidades cívicas como el
Movimiento contra la Intolerancia argumentaron en sus recursos que la
solicitud de la Guardia Civil a la juez para pinchar los teléfonos no
solo contenía referencias de confidentes policiales sino también
“controles operativos”.
El Supremo lo considera, sin embargo,
insuficiente. Y lamenta que en la petición a la magistrada instructora
no “se precisa en qué consisten los controles operativos, denominación
bajo la cual caben multitud de acciones”, como el seguimiento de los
sospechosos.
En las horas de grabación que efectuó la
Guardia Civil algunos acusados fueron captados encargando cajas de
munición del calibre 22 y comentando el “palizón” que habían propinado a
un “punkarra asqueroso”. En los registros de la llamada Operación
Panzer, lanzada en 2005, se intervino propaganda que negaba el
holocausto judío, pistolas, rifles, munición de mortero y armas blancas,
incluidos algunos puñales con el emblema de las SS.
Entre los 16 acusados que se sentaron en
el banquillo durante el juicio se encontraba un concejal del partido
España 2000 en el municipio valenciano de Silla, Pedro Cuevas, condenado
por matar en 1993 al joven antifascista Guillem Agulló, dos militares y
un atleta paralímpico que participó en las Olimpiadas de Pekín.
http://www.primaveravalenciana.info/2015/07/15/el-supremo-absuelve-a-los-neo-nazis-de-valencia-que-tenian-entre-otras-armas-un-lanzagranadas/