sábado, 27 de julio de 2024

Interior sigue pagando pluses a los policías de Euskadi y Navarra seis años después de la desaparición de ETA


La Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil con distintivo blanco no está pensionada, como la Cruz de Oro o la de distintivo rojo, pero sí reconoce “hechos extraordinarios”. Es ley, de 1976. Todavía hoy, en 2024, los miembros de la Guardia Civil que operan en Euskadi o Navarra pueden recibirla tras tres años en un destino de estos territorios.

Se ha conocido recientemente que también mantienen los pluses salariales y las posibilidades de descanso extraordinarios que se incorporaron en la década de los ochenta para reconocer, pero sobre todo incentivar, la afluencia de agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Hego Euskal Herria durante los años de actividad de ETA.

Más de seis años después de su disolución, trece desde el cese definitivo de la actividad armada y quince después del último atentado mortal, se ha podido saber, por respuesta del Ministerio de Interior a la pregunta del diputado de EH Bildu, Jon Inarritu, que los incentivos y privilegios se mantienen. “En cuanto a la eliminación, reducción o modificación de dichos incentivos, se indica que la normativa sigue vigente”, explicaban en la contestación. 

Policías nacionales y guardias civiles siguen percibiendo pluses, permisos de descanso y condecoraciones especiales por trabajar en Euskadi y Navarra a pesar de que han pasado 13 años desde el ceso definitivo de la actividad armada

Tales privilegios e incentivos están regulados desde el mandato de Felipe González, explicitándose en una orden del 23 de octubre de 1984 que “todo el personal que preste servicios en zonas conflictivas, cualquiera que sea la misión que desempeñe”.

Además de las cuantías económicas y la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil con distintivo blanco, también tienen prioridad los policías y guardias civiles (que han cumplido tres años en Euskadi o Navarra) a la hora de elegir destino. Lo regula el Real Decreto 470/2019, que hace alusión a “especiales condiciones de responsabilidad o penosidad vinculadas a determinados destinos”.

Los policías nacionales, según la respuesta del ministerio de Grande-Marlaska, y según la Circular de la Dirección General de la Policía número 686, de 4 de febrero de 1981, pueden optar, además de sus 30 días de permiso, y por concesión de “los Jefes Superiores de Bilbao y de Navarra” unos descansos “especiales” sin que pueda “exceder de un máximo de 30 días al año”.

https://www.elsaltodiario.com/euskal-herria/interior-paga-pluses-policias-euskadi-navarra-seis-anos-despues-desaparicion-eta 

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